Recibir una oferta seria es la senal de que vas por buen camino. A partir de ese momento el proceso se ordena en unos pocos pasos claros. Manteniendo la calma y el metodo, cerraras la operacion con seguridad.
Paso 1: confirma que el interes es real
Antes de nada, asegurate de que el comprador va en serio. Preguntale por su forma de pago y sus plazos. Como la mayoria de compras se financian (en torno al 54,8% con hipoteca segun el Notariado, 2026), interesa saber si ya tiene la financiacion aprobada o al menos preconcedida.
Paso 2: negocia el precio y las condiciones
Es normal que haga una contraoferta. Ten claro tu precio minimo antes de empezar y negocia tambien:
- Plazos hasta la firma.
- Que se incluye (muebles, electrodomesticos).
- Reparto de gastos segun lo que marca la ley y la costumbre.
Al no pagar comision de agencia (unos 5% mas IVA segun trovimap.com, 2026), tienes mas margen para ceder algo en el precio sin perder rentabilidad respecto a una venta con intermediario.
Paso 3: formaliza la reserva con arras
Cuando hay acuerdo, se firma un contrato de arras, normalmente penitenciales (articulo 1454 del Codigo Civil). El comprador entrega una senal (habitualmente entre el 5% y el 10% del precio) y ambos quedais comprometidos: si el comprador desiste pierde esa senal; si desistes tu, la devuelves duplicada. Es muy recomendable que un abogado revise este contrato.
Paso 4: reune y actualiza la documentacion
Con las arras firmadas, prepara todo para la notaria: nota simple actualizada, certificado energetico, ultimos recibos de IBI y comunidad, certificado de la comunidad al corriente y, si hay hipoteca viva, el certificado de deuda pendiente del banco.
Paso 5: coordina la firma ante notario
Elegid notaria (suele hacerlo el comprador) y fijad fecha. Si el comprador necesita hipoteca, su banco se coordinara con la notaria. Ese dia se firma la escritura publica, se entregan las llaves y recibes el pago.
Tipos de arras: cual te conviene
No todas las arras son iguales, y conviene saber que firmas:
- Penitenciales (art. 1454): las mas habituales. Permiten a cualquiera desistir asumiendo la penalizacion (el comprador pierde la senal; tu la devuelves duplicada).
- Confirmatorias: refuerzan el compromiso de compraventa y no habilitan a desistir libremente.
- Penales: fijan una penalizacion pero mantienen la posibilidad de exigir el cumplimiento.
Deja siempre por escrito de que tipo son para evitar malentendidos si alguna parte se echa atras.
Que NO deberias hacer
Evita retirar el anuncio o rechazar otras visitas por una promesa verbal: hasta que no hay arras firmadas y senal entregada, no hay compromiso real. Tampoco entregues llaves ni firmes nada sin haber revisado el contrato con calma.
En resumen: confirma solvencia, negocia con cabeza, protege el acuerdo con arras y prepara los papeles. Con esos pasos, pasar de interesado a comprador firmado es un camino ordenado.
Guia informativa; no constituye asesoramiento juridico. Referencias: Codigo Civil art. 1454; datos de financiacion del Notariado (notariado.org, 2026); comision de agencia trovimap.com (2026).
Fuentes: Consejo General del Notariado, Idealista.