Una de las dudas mas frecuentes al firmar el contrato de arras es cuanto falta hasta la escritura. La referencia habitual es de uno a dos meses, pero es un plazo pactable que conviene ajustar a cada situacion y dejar por escrito.
El plazo habitual: uno o dos meses
Ese margen es el que suele necesitarse para dos cosas: que el comprador consiga la hipoteca y que se reuna toda la documentacion (certificados, cancelacion de cargas, notas registrales). No hay un plazo legal fijo: lo marca lo que acordeis en las arras.
De que depende el plazo
- La financiacion del comprador: tramitar y aprobar una hipoteca es lo que mas alarga el proceso. Si el comprador paga al contado, el plazo puede ser mucho mas corto.
- La situacion registral: si hay que cancelar una hipoteca previa del vendedor o resolver cargas, se necesita mas tiempo.
- Herencias o varios propietarios: coordinar firmas y tener la documentacion en regla puede sumar semanas.
- La agenda de la notaria y la disponibilidad de las partes.
Como fijar el plazo en el contrato
En las arras se pone una fecha limite para firmar la escritura. Puede indicarse una fecha concreta o un numero de dias desde la firma de las arras. Es una de las clausulas mas importantes: sin fecha cerrada, la operacion puede alargarse indefinidamente.
Se realista con el plazo. Si el comprador necesita hipoteca, dos meses suelen ser mas seguros que uno: quedarse corto obliga a firmar prorrogas o arriesga a incumplir.
Que pasa si se cumple el plazo y no se firma
Depende de por que no se firma. Con arras penitenciales del articulo 1454 del Codigo Civil, si vencido el plazo el comprador desiste, pierde la senal; si es el vendedor, devuelve el doble. Si el retraso es por causa justificada, lo habitual es pactar una prorroga por escrito antes de que venza la fecha.
Consejo para no llegar con prisas
En cuanto firmes las arras, empieza a mover la documentacion: pide la nota simple, el certificado de la comunidad, el certificado de deuda pendiente si hay hipoteca. Cuanto antes esten los papeles, mas facil es cumplir el plazo sin sobresaltos. Un pequeno retraso en un certificado puede obligar a mover la fecha de toda la firma.
Se puede acortar el plazo?
Si el comprador paga al contado y no hay cargas que cancelar, la firma puede prepararse en apenas unas semanas, el tiempo que tarda la notaria en reunir y verificar la documentacion. Los plazos largos casi siempre vienen de la hipoteca o de resolver temas registrales, no de la propia escritura, que en si misma se agenda con relativa rapidez.
Vender por tu cuenta no alarga los tiempos
El plazo entre arras y escritura no depende de si hay agencia: depende de la financiacion y la documentacion. Vendiendo entre particulares gestionas tu estos tiempos y te ahorras la comision (en torno al 5% mas IVA). Si el caso es complejo, la notaria puede orientarte sobre un plazo realista.
aviso: guia informativa, para casos concretos consultar a un profesional; datos 2026
Fuentes: Codigo Civil, art. 1454 (BOE) Consejo General del Notariado