En una compraventa oiras hablar de senal, reserva y arras casi como si fueran lo mismo. En el lenguaje coloquial se mezclan, pero conviene distinguirlos porque cada uno implica compromisos y consecuencias distintas.

Senal: el termino general

Senal es la palabra comun para cualquier cantidad que se entrega a cuenta para reservar algo y mostrar intencion de compra. Es un termino generico: unas arras son una senal, y una reserva tambien. Cuando alguien dice que ha dejado una senal, hay que preguntar de que tipo, porque de ello depende que pasa si la operacion no sigue adelante.

Reserva: el paso previo ligero

El contrato de reserva es un compromiso previo y opcional, con una cantidad pequena (unos cientos o pocos miles de euros), para apartar la vivienda unos dias mientras el comprador se decide o confirma la hipoteca. Compromete poco y sirve sobre todo para ganar tiempo.

Arras: el compromiso serio

Las arras son el contrato que compromete de verdad a las dos partes, con una senal habitualmente en torno al 10% del precio. Las mas usadas, las penitenciales del articulo 1454 del Codigo Civil, permiten desistir con un coste conocido: el comprador pierde la senal, el vendedor devuelve el doble.

ReservaArras
Cantidad tipicaPequena (cientos/pocos miles €)~10% del precio
MomentoPaso previo, opcionalCompromiso firme antes de escritura
CompromisoBajo, gana tiempoAlto, con penalizacion clara
Base legal habitualLibertad de pactoArt. 1454 Codigo Civil (penitenciales)

Por que importa la diferencia

Confundir los terminos puede costarte dinero. Si crees que has firmado una simple reserva devolvible y en realidad son arras penitenciales, echarte atras te hara perder el 10% del precio. Y al reves: una senal minima de reserva no te da la misma proteccion que unas arras completas.

No te fies del nombre: lo que manda es lo que dice el contrato. Lee siempre las clausulas de que pasa si alguien incumple y si el dinero se devuelve o no.

Cual usar en cada momento

Si el comprador aun duda, una reserva ligera evita perderlo sin comprometerte demasiado. Cuando ambos estan decididos, se pasa a las arras, que dejan la operacion practicamente cerrada hasta la escritura ante notario. La senal de la reserva suele descontarse despues de las arras, y la de las arras, del precio final.

Y despues de las arras, la escritura

Ni la reserva ni las arras transmiten la propiedad: son compromisos previos. La vivienda solo cambia de dueno con la escritura publica firmada ante notario y su inscripcion en el Registro. Entre las arras y esa firma suele pasar entre uno y dos meses. Por eso conviene entender bien la cadena: primero (opcionalmente) reserva, despues arras, y por ultimo escritura.

Todo esto lo gestionas sin agencia

Vendiendo entre particulares eres tu quien decide que figura usar en cada momento, sin pagar comision de intermediacion (en torno al 5% mas IVA). Si tienes dudas sobre que estas firmando, pide a un profesional que te lo aclare antes de entregar o cobrar dinero.

aviso: guia informativa, para casos concretos consultar a un profesional; datos 2026

Fuentes: Codigo Civil, art. 1454 (BOE)