Es una duda muy comun y fuente de pequenos roces: quien decide en que notaria se firma, el comprador o el vendedor? En Espana existe el principio de libre eleccion de notario, y hay una regla general clara para saber a quien le corresponde.

Existe libre eleccion de notario

Cualquier ciudadano tiene derecho a elegir el notario que quiera para sus operaciones, sin que nadie pueda imponerselo. El notario es un funcionario publico cuyo arancel esta regulado, asi que el precio de la escritura es practicamente el mismo elija quien elija; lo que se elige es sobre todo la cercania y la confianza.

La regla general: elige quien paga

El criterio habitual es que elige la notaria quien paga los gastos de la escritura. Y por costumbre en la mayoria de compraventas, esos gastos de la escritura los asume el comprador, por lo que suele ser el quien tiene el derecho a elegir la notaria.

Idea clave: la eleccion sigue al pago. Como el comprador suele pagar los gastos de otorgamiento de la escritura, es habitual que sea el comprador quien elija notaria, salvo que se pacte otra cosa.

Todo se puede pactar en las arras

Nada impide que comprador y vendedor acuerden otra cosa. De hecho, lo mas practico es dejar por escrito en el contrato de arras quien elige la notaria y como se reparten los gastos. Asi se evita discutir a ultima hora. Es una de esas clausulas pequenas que ahorran malentendidos.

Como se reparten los gastos por defecto

Cuando no hay pacto, se aplica lo previsto en el Codigo Civil: los gastos de otorgamiento de la escritura matriz corresponden al vendedor y los de la primera copia y demas posteriores a la venta al comprador. En la practica, es muy habitual pactar que el comprador asuma casi todos los gastos de notaria y registro, de ahi que sea el quien suele elegir.

Consejos practicos para elegir

  • Busca una notaria comoda para las dos partes, normalmente en la zona del inmueble.
  • Confirma con antelacion la disponibilidad de fecha: en epocas de mucha actividad, las agendas se llenan.
  • Envia la documentacion cuanto antes para que preparen el borrador con tiempo.

Vender entre particulares te da mas control

Sin una agencia de por medio, sois comprador y vendedor quienes acordais directamente la notaria y el reparto de gastos, sin intermediarios que impongan la suya. Es parte de la autonomia (y del ahorro, en torno al 5% mas IVA de comision) de vender por tu cuenta. Si dudas del reparto de gastos en tu caso, la propia notaria puede aclararte que corresponde a cada parte.

aviso: guia informativa, para casos concretos consultar a un profesional; datos 2026

Fuentes: Consejo General del Notariado Codigo Civil (BOE)