La firma ante notario es imprescindible para vender una vivienda, ya que la escritura pública es lo que da plena seguridad jurídica a la operación y permite inscribirla en el Registro de la Propiedad. La buena noticia es que sus aranceles están regulados por el Estado mediante un baremo oficial, así que el importe no depende de la voluntad del notario ni varía de una notaría a otra: solo cambia en función del valor del inmueble y del número de copias que se soliciten.

Cómo se calcula el arancel notarial

Los honorarios del notario se fijan por un arancel oficial (Real Decreto 1426/1989) en función del valor del inmueble. A mayor precio, mayor coste, pero de forma decreciente. A título orientativo, la escritura de una vivienda media suele situarse en un rango aproximado de 600 a 900 €, más las copias.

¿Quién paga la notaría?

Según el artículo 1.455 del Código Civil, salvo pacto en contrario:

  • El vendedor paga la escritura matriz (el original).
  • El comprador paga las primeras copias y demás gastos posteriores a la venta.
En la práctica, es muy habitual pactar que sea el comprador quien asuma la mayor parte o la totalidad de la notaría. Lo importante es acordarlo por escrito antes de firmar.

Factores que influyen en el precio

FactorEfecto
Valor del inmuebleA mayor precio, mayor arancel
Número de copiasCada copia tiene coste adicional
Complejidad de la escrituraCláusulas o fincas adicionales

¿Qué otros documentos firma el vendedor?

Además de la escritura de compraventa, si tienes hipoteca pendiente firmarás la escritura de cancelación y, en su caso, la carta de pago del banco. Cada acto notarial tiene su propio arancel, aunque el de la cancelación de hipoteca es reducido y está exento del impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Cómo se paga en la firma

Lo habitual es que la notaría facilite una provisión de fondos antes de la firma y, tras inscribir y liquidar todo, envíe la factura definitiva con el desglose exacto. Guarda esa factura: la parte que asumas puede reducir tu ganancia en el IRPF.

Un apunte

Como los aranceles son idénticos en cualquier notaría, no merece la pena "buscar precio": el valor está en la seguridad jurídica que aporta el notario, que verifica la identidad, la capacidad y las cargas. Vendiendo entre particulares no hay comisión de agencia (≈ 5% + IVA), un gasto que multiplica varias veces el coste de la notaría.

Recuerda que la parte de notaría que pagues como vendedor puede computar al calcular tu ganancia en el IRPF.

Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento de un gestor o asesor fiscal. Fuentes consultadas (2026): Real Decreto 1426/1989 (aranceles), Código Civil (art. 1.455) e idealista.com.

Fuentes: Agencia Tributaria (AEAT), BOE.